Francisco RAMÍREZ/Diálogos Oaxaca
La sentencia a favor de comuneros de Unión Hidalgo generará un precedente luego que el Tribunal Unitario Agrario del Distrito 22, con sede en San Juan Bautista Tuxtepec, declaró la nulidad de contratos de arrendamiento de tierras, en contra de la empresa Desarrollos Eólicos Mexicanos S.A. de C.V. (DEMX) quien opera en esta demarcación un parque eólico.
De esta manera el fallo contra la filial de la española Renovalia Energy, establece que las tierras son consideradas “indebidamente propiedad privada” cuando en realidad son tierras comunales, por lo que la sentencia de nulidad reconoce que la asamblea General de Comuneros de Juchitán de Zaragoza y sus anexos: Xadani, Chicapa, Unión Hidalgo, La Ventosa y El Espinal, es la única que puede determinar el uso, destino y disfrute de las tierras.
Esta sentencia de nulidad, será a partir de ahora el precedente para que cualquier comunero de la comunidad de Juchitán de Zaragoza y sus anexos, así como de todo el país, que tenga problemas similares, puedan en el futuro declarar la nulidad de los contratos en caso de que hayan sido autorizados de manera individual y no mediante un acuerdo de una asamblea General de Comuneros.
Así lo manifestó Juan Antonio López, Coordinador de Justicia Trasnacional en el Proyecto de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, A.C. (Prodesc), quien reiteró que la sentencia del Tribunal Unitario Agrario establece un “precedente histórico” en la defensa de la tierra y el territorio.
De la misma manera se reconoce la naturaleza jurídica de las tierras de Unión Hidalgo como de uso común tal y como lo establece la resolución presidencial de Reconocimiento y Titulación de Bienes Comunales que data de 1964.
“Los parques instalados y que se encuentran operando en tierras de la comunidad agraria de Juchitán de Zaragoza, son abiertamente ilegales”, subrayó el representante de la Prodesc.
En este sentido apuntó que este ha sido un largo proceso judicial, mismo que inició después que en el 2004, representantes de la empresa DEMX llegaron a la comunidad de Unión Hidalgo para convencerlos de rentar sus tierras para la instalación del parque Eólico Piedra Larga I y II. De 2006 al 2011 la empresa Demex llevó a cabo la formalización de contratos de arrendamiento civil de las tierras con posesionarios de manera individual.
El 11 de Junio de 2013, 11 posesionarios y la representación de bienes comunales de Unión Hidalgo, acompañados por ProDESC, presentaron demandas agrarias en contra de la empresa DEMEX ante el Tribunal Unitario Agrario (TUA) Distrito 22, con sede en Tuxtepec, Oaxaca, en las que solicitaron se declarara la nulidad de los contratos celebrados con dicha empresa, por convertir la Ley agraria, ya que los contratos fueron indebidamente considerados propiedad privada cuando en realidad eras tierras comunales.
Después de nueve años, el pasado 5 de Agosto de 2022, el TUA declaró la nulidad de los contratos de arrendamiento celebrados entre diversos posesionarios de la comunidad de Unión Hidalgo con la empresa Demex.
En la conferencia de prensa estuvieron presentes las defensoras Comunitarias de Unión Hidalgo, Guadalupe Ramírez Castellanos Y rosario Cuevas Castellanos, así como integrantes de la Mesa Directiva Asesora de ProsDESC, Miguel Ángel Álvarez.








