La aplicación de protocolos de investigación que realiza la Fiscalía General del Estado de Oaxaca (FGEO) hicieron posible dar con el paradero de una persona del sexo masculino identificado como R.R.C.H., quien estaba reportado como No Localizado, hechos que sucedieron en la región de los Valles Centrales.
De acuerdo con la denuncia realizada el 31 de octubre de 2024, por los familiares, R.R.C.H. fue visto por última vez el 22 de septiembre de 2024, en el municipio de Santa Rosa Panzacola.
Ante la denuncia por ausencia, se activaron los protocolos de actuación en la investigación y búsqueda de personas desaparecidas y no localizadas, por parte de la Unidad de Búsqueda de Personas No Localizadas, de la Vicefiscalía General de Atención a Víctimas y a la Sociedad, lo cual permitió trazar las líneas de investigación que llevaron a su localización.
La Institución procuradora de justicia detalló que R.R.C.H. fue localizado por el Grupo de Búsqueda de la Agencia Estatal de Investigaciones, el 8 de diciembre de 2024, en el municipio de Santa Lucía del Camino.
Luego de dar con su paradero, fue presentado para su declaración ministerial y posterior restitución con sus familiares.
SENTENCIA CONDENATORIA
Por otra parte la FGEO obtuvo una sentencia condenatoria de cuatro años y seis meses de prisión en contra de una persona del sexo masculino identificada como Benjamín V.G., responsable del delito de Incumplimiento de Obligaciones Alimentarias.
De acuerdo con el expediente penal del caso, el hoy sentenciado incumplió con las obligaciones impuestas por un Juez Familiar, quien fijó desde el 7 de marzo de 2019 el pago de pensión alimentaria a favor de su hijo (menor de edad cuya identidad está reservada por ley).
La investigación revela que, fue hasta el 04 de octubre de 2019, cuando en audiencia de carácter familiar el imputado fue requerido por la autoridad judicial para que procediera a dar el cumplimiento del pago a la pensión alimentaria provisional ya que únicamente había realizado un pago con una cantidad menor a la estipulada por lo que se le otorgó un plazo de tiempo para hacerlo, sin embargo no cumplió.
Ante esta situación, la autoridad judicial determinó iniciar su proceso y conforme a las pruebas presentadas, se determinó que Benjamín V.G., incurrió en el delito de incumplimiento de obligación alimentaria, debido a que, desde el 04 de octubre de 2019 hasta la fecha, sin motivo justificado dejó de proveer lo establecido por el Juez de la causa quien dictó sentencia condenatoria de cuatro años y seis meses de prisión, además, impuso el pago de una multa y la reparación del daño en abstracto.








