Diálogos Oaxaca
Los actos de nepotismo en la administración de Salomón Jara Cruz se “desvanecen” con tener trayectoria política; así justificó el ejecutivo estatal las designaciones hechas por algunos servidores públicos quienes echan en saco roto las disposiciones legales, entre las cuales está el incurrir en un delito que se persigue de oficio y se sanciona con prisión, multa, destitución e inhabilitación administrativa.
“Hay muchos compañeros y compañeras que han trabajado en lo político”, puntualizó al tiempo de referir que los cargos públicos entre familiares no son actos de nepotismo, sino de reconocimiento a trayectorias políticas.
De esta manera el mandatario defendió los nombramientos hechos en el gabinete ampliado: “Aquí no se trata de tener a un familiar. Nosotros vamos a ser muy respetuosos de la historia política de cada quien, de lo que han hecho”, puntualizó.
Su defensa contrasta con la forma como criticó actos de nepotismo en las administraciones públicas.
Al respecto de este tema, en el dictamen de la comisión Permanente de Administración de Justicia, signado el 25 de Septiembre de 2018 por los diputados Hilda Graciela Pérez Luis, en su calidad de presidente; Donovan rito García, María Mercedes Rojas Saldaña; Silvia Flores Peña, Juan Mendoza Reyes; el diputado Irineo Molina Espinoza, en su exposición de motivos asienta:
“De acuerdo con la real Academia de la Lengua Española, la palabra “nepotismo” significa la medida preferencia que algunos da a sus parientes para las concesiones o empleos públicos.
En nuestro contexto actual, el nepotismo es una práctica ilegítima que implica una forma de corrupción por consanguinidad, a través de la cual los servidores públicos en una institución pública promueven la asignación de cargos, empleos o comisiones en favor de sus propios familiares, demeritando con ello el ejercicio de las funciones públicas y provocando la degradación institucional.
Históricamente, el nepotismo ha alimentado la corrupción, ocasionando repercusiones económicas y sociales negativas para la colectividad.
Por ello, la conducta descrita debe erradicarse de la administración pública mediante instrumentos legales que propicien el castigo penal en contra de sus promotores, y que paralelamente favorezcan el combate de la impunidad que reviste a la práctica del nepotismo, como un antivalor. En la adición al Artículo 207 del Código Penal para el Estado Libre y Soberano de Oaxaca, el “nepotismo” es un delito que se perseguirá de oficio y se sancionará con prisión de cuatro a diez años y multa de trescientos a cinco mil días, destitución e inhabilitación administrativa hasta por quince años.








