Desfasada la valoración de las lesiones mortales en el delito de homicidio: Analy Peral Vivar

Diálogos Oaxaca

“La justicia no puede tener fecha de caducidad”, concluyó en su exposición de motivos la diputada presidenta de la Comisión Permanente de Administración y Procuración de Justicia en el Congreso del Estado, Analy Peral Vivar, quien presentó dictamen con proyecto de decreto para derogar la fracción II del Artículo 286 del Código Penal del Estado de Oaxaca, referente a la valoración de las lesiones mortales en el delito de homicidio.

 

Durante su participación en la máxima tribuna del estado, la representante popular sostuvo que “la norma vigente resulta obsoleta e injusta “porque fija de manera arbitraria un plazo de sesenta días para considerar una lesión como mortal; en consecuencia, si la víctima muere después del día sesenta y uno a causa de esa lesión, el agresor podría evitar una condena por homicidio.

 

En este sentido reconoció que “el plazo de sesenta días fue resultado de un entorno histórico en el que el desarrollo de la ciencia y la medicina eran limitados y por lo tanto la temporalidad se consideraba un factor importante en la actualización del delito de homicidio, sin embargo, en la actualidad y ante el avance de la ciencia, ese aspecto ha sido superado y carece de sustento científico”.

 

Peral Vivar reiteró que la regla de los sesenta días surgió en un contexto en el que la medicina no permitía prolongar la vida tras una lesión grave; “hoy, gracias a los avances científicos, esa limitación resulta desfasada y su mantenimiento desconoce la realidad médica actual y favorece la impunidad”.

 

Por ello insistió que esta reforma busca asegurar la protección efectiva de los derechos de las víctimas, en cumplimiento de la convención americana y de la constitución federal, obligando al estado a garantizar justicia, verdad y reparación integral, y estableciendo que el nexo entre la lesión y la muerte se determine por los hechos y la pericia, y no por un límite de tiempo arbitrario.

 

“este cambio al código penal no implica un salto al vacío, sino que se sustenta en la doctrina de la suprema corte de justicia de la nación, la cual ha establecido que el tiempo no es determinante para saber si una lesión causó la muerte de una persona ni constituye un elemento indispensable del tipo penal”.

 

Del a misma manera, sostuvo que con esta reforma “nos alineamos con la tendencia nacional ya presente en el código penal federal y en diversos códigos estatales, donde se ha dejado de fijar un plazo específico para determinar el nexo causal entre las lesiones y el homicidio”.

 

“Este dictamen busca actualizar el código penal a los estándares científicos y jurídicos actuales, impedir que quienes cometen homicidio se beneficien de los esfuerzos médicos para salvar a la víctima y fortalecer el derecho a la justicia asegurando que la sanción sea proporcional al daño causado”.

 

Finalmente, durante su participación ante el pleno, expresó su reconocimiento a las diputadas integrantes de la Comisión de Administración y Procuración de Justicia por su disposición para analizar y dictaminar las iniciativas, destacando que cada dictamen es producto del análisis técnico riguroso y de la voluntad política de quienes conforman la comisión.

 

“Votar a favor este dictamen representa votar por una legislación penal moderna, técnicamente sólida y, sobre todo, profundamente justa”, concluyó.