Derechos humanos no deben ser una simulación: Analy Peral Vivar

Diálogos Oaxaca

Al presentar iniciativa con proyecto de decreto para adicionar artículos de la Ley de la Defensoría de Derechos Humanos del Pueblo de Oaxaca (DDHPO), la diputada presidenta de la Comisión Permanente de Administración y Procuración de Justicia, Analy Peral Vivar, reiteró que los Derechos Humanos no deben ser una simulación, por lo que es imperativo no permitir que una solución anticipada en un caso donde se violentan derechos humanos, implique el sacrificio de la dignidad de las personas.

 

Ante el pleno legislativo, la representante popular de la Sierra de Flores Magón, sostuvo que con esta iniciativa se busca dignificar el derecho más sagrado que tiene cualquier persona frente el abuso del poder: “El derecho a ser escuchado y ser reparado o reparada”.

 

Durante su exposición, la legisladora del partido MORENA en el Congreso del Estado señaló que la Constitución mexicana, como los tratados internacionales son claros: “Cuando una autoridad incumple sus obligaciones y viola derechos humanos, la respuesta no puede ser un simple trámite burocrático, debe ser la justicia”.

 

Sin embargo, expuso, “ese mandato no quiere ser entendido por muchas autoridades en el Estado”.

 

“Sostengo lo anterior, porque en Oaxaca la Ley de la Defensoría de los Derechos Humanos del Pueblo de Oaxaca, contiene una laguna legal, que permite que la defensoría emita resoluciones denominadas ‘propuestas de conciliación’, de manera unilateral, lo que en la práctica significa que se pueden cerrar expedientes y negociar soluciones con las autoridades responsables, sin contar con el consentimiento de la víctima”.

 

En este sentido, explicó que la defensoría utiliza la conciliación como una herramienta para limpiar estadísticas y archivar casos, excluyendo a quien sufrió el daño, “eso no es justicia, es un acto de revictimización institucional” y ejemplificó con el caso del homicidio del activista Manuel Cartas y donde la DDHPO ha emitido dos propuestas de conciliación, las cuales han sido rechazadas por los familiares de la víctima.

 

Peral Vivar insistió que, pese a ello, la DDHPO ha hecho caso omiso de estas manifestaciones, al mismo tiempo que presentó la respuesta que se le da a la víctima: “Dígasele a la quejosa que en la Ley de la DDHPO y en su reglamento interno, no se establece que la propuesta de conciliación esté sujeta la parte quejosa. La propuesta de conciliación es una determinación institucional que refleja la valoración técnica y jurídica de los hechos denunciados y la obligación de este organismo de tutelar los derechos humanos, por lo que la aceptación o rechazo de la persona quejosa, no condiciona la validez o efecto de la propuesta emitida”.

 

Por ello y ante este incidente, la diputada presidente de la Comisión de Administración y Justicia, expuso que lo grave de cómo están operando las propuestas de conciliación, es que se trata de una conciliación es que se trata de un proceso que ignora la víctima y lejos de ser un mecanismo de conciliación entre la víctima y la autoridad r5esponsable, “es una imposición”.

 

Es en este sentido que presenta esta iniciativa con el objetivo de transformar este mecanismo con una visión progresista y garantista, sustentándose en tres pilares fundamentales:

 

1)el consentimiento como requisito indispensable, lo que implica que la DDHPO emita una propuesta de conciliación debe existir una petición expresa de la persona agraviada y si la víctima no quiere conciliar el proceso de investigación debe seguir hasta sus últimas consecuencias.

 

2) la reparación integral del daño, esta iniciativa plantea que toda propuesta de conci9liación debe de contener claramente que las acciones para restituir los derechos a la víctima y reparar el daño de forma legal, no sea simbólica.

 

3) Fin a la simulación, con toda acción de la Ley, si una autoridad acepta una propuesta de conciliación y luego no la cumple, no pasa nada, pues la Ley no prevé una sanción y quien finalmente resiente el retraso en la investigación es la víctima.

 

Con esta reforma, recalcó Peral Vivar, sil autoridad incumple los plazos pactados, la defensoría estará obligada a reabrir el expediente y emitir la recomendación correspondiente en un plazo máximo de 30 días.

 

De esta manera, apuntilló que “la defensa de los derechos humanos no debe ser una simulación y no se puede permitir que una solución anticipada en un caso donde se violaron derechos humanos implique el sacrificio de la dignidad de las personas. Si hablamos de un estado democrático debemos de empezar por respetar los derechos humanos y no permitir que la justicia se negocie”.