Analy Peral: "Legislar con los ojos cerrados, es una forma de violencia"

Diálogos Oaxaca

"Legislar con los ojos cerrados a los avances de la ciencia no es solo una omisión técnica; es una forma de violencia", recalcó la diputada presidenta de la Comisión de Administración y Procuración de Justicia, Analy Peral Vivar al presentar reforma al Código Penal local.

 

 

Durante la sesión ordinaria de este martes, en el Congreso del Estado, la representante popular del Distrito 04, Sierra Mazateca de Flores Magón, recalcó que el derecho debe evolucionar a la par de la ciencia y la realidad social.

 

"El derecho no puede ser un dogma inerte ni un refugio para el anacronismo".

 

Reiteró que esta reforma parece "un planteamiento muy técnico" pero en el fondo "es una batalla contra la impunidad y un acto de humanidad elemental".

 

 

Recordó que actualmente, el Código Penal del Estado de Oaxaca establece en el Artículo 286, en su fracción segunda, que una lesión solo se considera mortal sí la víctima fallece dentro de los 60 días posteriores a la fecha en que se causó la lesión.

 

Pero hoy si una persona es víctima de un ataque, pero debido a los avances de la medicina moderna, al esfuerzo de los médicos y a la voluntad de su familia, logra sobrevivir, pero fallece en el día 61, técnicamente el agresor no cometió un homicidio.

 

 

"Eso es un absurdo jurídico", recalcó pues se está ante una figura que desde 1994 fue derogada en el Código Penal Federal y que gradualmente se ha ido eliminando de los Códigos penales en las entidades federativas, por lo que mantenerla vigente en el Código Penal del Estado, "únicamente fomenta la impunidad y castiga la supervivencia de una persona".

 

 

En este sentido recordó que el Artículo 286, fracción segunda, del Código Penal "es una norma que nació en un siglo donde no existían los respiradores artificiales, ni los antibióticos de amplio espectro, por lo que esta norma a reformar fue creada en un tiempo en que la ciencia médica no estaba tan avanzada como en la actualidad, en la que los avances médicos permiten prolongar la vida de una persona, incluso ante lesiones que s9n por naturaleza mortales.

 

 

La también abogada aseguró que el "nexo causal" entre una herida y la muerte de la víctima no puede medirse con un calendario, y sobre el tema la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha sido tajante al respecto:

 

 

"La temporalidad no es un factor determinante para acreditar el homicidio. Lo que importa es sí la lesión que se infligió a la víctima fue la que causó la muerte", abundó.

 

Por ello sostuvo que mantener el plazo de 60 días para considerar que una lesión es mortal, incentiva la impunidad, se violenta a las familias de las víctimas y se le niega el derecho a la reparación integral.

 

 

"Esta reforma busca derogar una fracción obsoleta, con el firme propósito de que la justicia en Oaxaca sea completa y que el castigo sea proporcional al daño causado y no dependa de un azar cronológico"

 

 

Por ello sostuvo que legislar con perspectiva de derechos humanos exige eliminar todas aquellas barreras que impiden la justicia, por eso, "quien prive de la vida a una persona debe responder ante la Ley sin importar cuántos días haya luchado la víctima por permanecer con vida".

 

"Legislar con los ojos cerrados a los avances de la ciencia no es solo una omisión técnica; es una forma de violencia institucional contra la verdad, la justicia y la reparación del daño de las víctimas".