Diálogos Oaxaca
Previo a la aprobación del proyecto de decreto al Código Familiar del Estado de Oaxaca, mismo que alcanzó el respaldo de 31 diputados presentes en la sesión ordinaria de la LXVI legislatura local, la presidenta de la Comisión Permanente de Administración y Procuración de Justicia, Analy Peral Vivar, reconoció que en Oaxaca el cumplimiento alimentario tiene consecuencias jurídicas, como también el interés de la niñez es una obligación que este Congreso está decidido a hacer cumplir.
Durante la exposición de motivo que dio origen a este dictamen, la representante popular del Distrito IV; Sierra de Flores Magón, reconoció que este dictamen tiene su origen en la iniciativa presentada por la diputada Sandra Daniela Taurino Jiménez, con quien la comisión a su cargo comparte su objetivo para fortalecer el registro estatal de deudores alimentarios morosos, al considerarlo un mecanismo idóneo para incentivar el cumplimiento de las obligaciones alimentarias.
“El derecho de niñas, niños y adolescentes a recibir alimentos no es un asunto privado entre particulares, pues tal y como lo ha sostenido la suprema corte de justicia de la nación, constituye una expresión del derecho al mínimo vital y una condición para el ejercicio de los demás derechos fundamentales; sin embargo, persiste un número considerable de deudores que incumplen esta obligación, incluso frente a resoluciones judiciales firmes, perpetuando la vulnerabilidad de quienes dependen de ellos”.
Asimismo, recordó que el registro estatal de deudores alimentarios morosos, previsto en el Código Familiar para el Estado de Oaxaca, es un instrumento administrativo cuya finalidad es dar publicidad jurídica al incumplimiento reiterado de obligaciones alimentarias fijadas mediante resolución judicial firme.
Sobre el tema, abundó, la pregunta que esta Comisión se planteó no fue si dicho registro debe existir, sino si sus efectos actuales bastan para incentivar el cumplimiento y con base en la experiencia de entidades como la ciudad de México, Nuevo León y el Estado de México, concluimos que no son suficientes.
Por ello, expresó: “analizamos la propuesta de manera objetiva y con una visión de derechos humanos, la contrastamos con nuestro marco constitucional y convencional y realizamos los ajustes jurídicamente necesarios. Como resultado de ese análisis, hoy presentamos un proyecto de decreto equilibrado que incorpora siete nuevas fracciones al Artículo 179 del Código Familiar para el Estado de Oaxaca”.
Con este decreto la persona que se encuentre inscrita en el registro estatal de deudores alimentarios morosos: No podrá obtener, renovar o reponer su licencia de conducir; no podrá participar como candidata o candidato a cargos de elección popular; no podrá aspirar a cargos de jueza, juez o magistratura en el ámbito local; no podrá participar en procesos de designación pública de organismos estatales o autónomos; no podrá realizar ante notario público actos de compraventa de inmuebles o constitución o transmisión de derechos reales y en las solicitudes de matrimonio, el oficial del registro civil deberá informar a las partes la situación que guarda quien se encuentre inscrito.
“Estas hipótesis que se incorporan al código familiar son medidas legítimas, proporcionales y razonables, relacionadas con el deber de toda persona de garantizar el sustento de sus hijas e hijos”, apuntilló.
Así también destacó, Peral Vivar, que la relevancia de este dictamen radica en que todas las autoridades del estado mexicano tienen el deber reforzado de garantizar el interés superior de niñas, niños y adolescentes en toda decisión legislativa que pueda incidir en sus derechos, por eso, deben tener muy en claro que legislar en esta materia no es una opción, sino un mandato constitucional y convencional que no admite demora.
“Que quede constancia desde esta tribuna, que en Oaxaca el incumplimiento alimentario tiene consecuencias jurídicas, y que el interés superior de la niñez es una obligación que este congreso está decidido a hacer cumplir”.








